Vehículos Eléctricos e Híbridos – Exenciones
LEY NACIONAL DE TRÁNSITO N° 24449
La ley de Tránsito enuncia en sus art. 33 y 77 inc. que se consideran faltas graves, la circulación de vehículos que afecten por contaminación al MEDIO AMBIENTE .
Por esta razón, muchas jurisdicciones promueven la circulación de Automotores que utilicen tecnologías limpias y la implementación de sistemas de gestión ambiental regulada en la comunidad.
En este orden, muchas jurisdicciones han tomado medidas de incentivación eximiendo parcial o totalmente del pago del Impuesto de Radicación de los Automotores (PATENTES) con la sola declaración del fabricante en el Certificado de origen (Nacional o Importado) conforme listado y otros como C.A.B.A. lo han reglamentado.
REQUISITOS DE CABA PARA LA PROMOCIÓN DE TECNOLOGÍAS LIMPIAS
A fin de asegurar lo establecido por la Ley de Tránsito, se dictaron las leyes 2628, 3871 y 6922, texto ordenado N* 6347 y el Decreto 122/20 a fin de crear y regular las funciones de los Organismos de contralor de aquellos vehículos ( AUTOMOTORES Y MOTOVEHICULOS ) fabricados o ingresados al país para que se cumplimenten los límites sobre “emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas”.
Estos controles sobre automotores, vehículos de gran porte y motovehículos los realiza la Agencia de Protección Ambiental a solicitud del / los Representantes Comerciales o Fábrica de Automotores . Si cumplimentan los requisitos exigidos en la Ley 24449, reciben la LCA ( LICENCIA DE CONFIGURACION AMBIENTAL) para todos los vehículos de igual característica ( F.M.M. ).
Todos los vehículos que cuenten con la LCA son eximidos por A.G.I.P. en un 100 % del impuesto de RADICACION A LOS AUTOMOTORES, estén radicados desde la Inscripción Inicial o cambien la radicación a C.A.B.A. con posterioridad.
EXENCIONES POR JURISDICCIÓN
C.A.B.A.
Resol. A.P.R.A. 150/2019 y A.G.I.P. 185/2019 | 100% |
MENDOZA (PROVINCIA)
Ley Impositiva 2022 | 100% |
MUNICIPALIDAD DE S.S.DE JUJUY (PCIA. DE JUJUY)
100 % por 3 años a particulares y por 5 años a transporte público |
PROVINCIA DE CATAMARCA
Provincia de Catamarca | 100% |
PROVINCIA DE SANTA FE
Ley 13781 | Excensiones varias (sobre vehículos fabricados en Santa Fe) |
CÓRDOBA (PROVINCIA)
Ley “Impositiva”/2022 | 50% |
MUNICIPALIDAD DE LA PLATA (PROV. BS.AS.)
Ordenanza N° 12163 | 100% a petición |
MUNICIPALIDAD DE TRELEW (PCIA. DE CHUBUT)
100% primer año de patente y 50% el 2° y 3° año |
PROVINCIA DE CHUBUT
Ley XXIV N°93 | 2% eléctricos y 5% híbridos
Reducción sobre impuesto de sellos. |
RÍO NEGRO
Ley 5548/21 | 100% ANUAL |
TIERRA DEL FUEGO
Municipalidad de Ushuaia – Ordenanza 3659/22 | 100 % |
Municipalidad de Rio Grande – Ordenanza 3814/22 | 100% |
Municipalidad de Tolhuin – Ordenanza 348/2012 | 100% |
ENTRE RÍOS (PROVINCIA)
Ley 10949/2022 | 100% |
MUNICIPALIDAD DE SALTA (PCIA. DE SALTA)
Ordenanza 15921 | Primer año: 100%
Segundo año: 75% Tercer año: 50% Cuarto año: 25% |
NEUQUÉN
Municipalidad Ciudad de Neuquén Ord. 13905/22 | 100% |
PROVINCIA DE SAN JUAN
Código tributario 2022 | 100% |
SAN LUIS (PROVINCIA)
Ley Impos. /2022 | 25% |
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